05/02/2024

¿ESTÁN PREPARADOS VUESTROS ENVASES PARA CUMPLIR CON LA NUEVA NORMATIVA DEL MERCADO?

Como bien sabéis, a partir de enero de 2025, entra en vigor el Real Decreto 1055/2022, por el que se establecen distintas obligaciones para el mercado de los envases de uso doméstico. Entre las mismas, destaca la relacionada con la necesidad de indicar, de forma clara en el envase, el contenedor adecuado para cada tipo de residuo, lo que facilitará su reciclaje al mismo tiempo que reducirá su impacto medioambiental.

Con esta nueva normativa de obligado cumplimiento, todos los envases y embalajes destinados al uso doméstico, deben incluir información sobre el reciclado de los mismos que garantice su separación, y su reciclado en el contenedor adecuado. No obstante, en dicha normativa no se establece un formato oficial para reflejar esta información, por eso desde AECOC y ECOEMBES proponen la utilización del símbolo “Recicla”, que ya se encuentra presente en la mayor parte de los envases, y que además es conocido por los ciudadanos. Además, este símbolo cuenta con cuatro versiones para los distintos tipos de recogida; cartón, plásticos, vidrios y compostables. De esta manera se simplifica todo el proceso.

Otras ventajas añadidas, de incluir esta información en los envases, es que refleja el compromiso de las empresas con el cuidado del medioambiente, lo que incrementa su credibilidad. También favorece la participación activa por parte de los ciudadanos, al saber identificar rápidamente el contenedor adecuado. Y lo más importante, se mejora la calidad del material reciclado, optimizando su clasificación y reduciendo los costos. Es decir, se contribuye a mejorar el Plan de prevención de residuos de la mayoría de las empresas.

Por otro lado, es necesario señalar que existen otros tipos de marcados que son obligatorios;

  • Los envases compostables deben reflejar en su etiqueta “no abandonar en el entorno”
  • Pictogramas relacionados con el plástico según Ley 7/2022
  • En envases reutilizables
  • Símbolo del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR), si aplica.

Todo esto en cuanto a información obligatoria a reflejar, pero también existen marcados de carácter voluntario como son:

  • Símbolo del Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP), por el que se indica que la empresa sufraga la recogida y gestión de sus residuos.
  • Información sobre sumaterial, reciclabilidad y cantidad de material reciclados (deben de haber sido auditados y certificados por una entidad externa).

Por último, está expresamente prohibido el uso de expresiones como “respetuoso con el medio ambiente”, que pueden inducir a equívoco y que no se reciclen de forma adecuada. A tal fin, desde ECOEMBES se ha elaborado una GUIA DE ECOMODULACIÓN que tiene como objetivo facilitar cómo y de qué forma incluir esta información en los envases y embalajes.

Por nuestra parte, y siempre atentos a las nuevas normativas, facilitamos toda la información a nuestra disposición para que nuestros clientes puedan cumplir con los requisitos marcados.